8 diciembre 2020
El comprador de un inmueble debe pagar el Impuesto a la Transferencia, que es de un 3% del valor registrado en la DGII o bien del precio de compraventa indicado en el Contrato de Venta, cuando éstevalor sea mayor. Dicho impuesto es pagado en la DGII, mediante cheque de administración, emitido a favor del Colector de Impuestos Internos.